Mediana y Gran Minería
Las escalas de mayor envergadura de la actividad minera no metálica del estado.
Mediana Minería
Es la actividad ejercida por personas naturales y personas jurídicas, públicas y privadas, mancomunidades mineras o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley, que realizan actividades primarias y conexas de minería no metálica, durante un período que no excederá de diez (10) años prorrogables por el mismo lapso, en áreas previamente establecidas mediante resolución del IAMIN-SUCRE, cuya superficie no será mayor de cien hectáreas (100 ha), para ser laborada por un número no mayor de doscientos cuarenta y nueve (249) trabajadores individualmente considerados y una producción anual de 130.000 hasta 370.000 toneladas.
Número de trabajadores
26 a 249
Derecho minero otorgado
Concesión o Alianza Estratégica
Área autorizada
Mayor a 25 y hasta 100 hectáreas
Producción anual
130.000 – 370.000 toneladas
Gran Minería
Es la actividad ejercida por personas naturales y personas jurídicas, públicas y privadas, mancomunidades mineras o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley, que realizan actividades primarias y conexas de minería no metálica, durante un período que no excederá de veinte (20) años, en áreas previamente establecidas mediante resolución del IAMIN-SUCRE, cuya superficie no será mayor de dos mil quinientas hectáreas (2.500 ha), para ser laborada por un número mínimo de doscientos cincuenta (250) trabajadores individualmente considerados y una producción anual mayor a las 370.000 toneladas.
Número de trabajadores
250 o más
Derecho minero otorgado
Concesión o Alianza Estratégica
Área autorizada
Mayor a 100 y hasta 2.500 hectáreas
Producción anual
Mayor a 370.000 toneladas
